ARCA. Beneficios y rescates derivados de los referidos Seguros de Cese Laboral
- Prensa Aseguradora
- 3 ago 2025
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1 de Agosto de 2025.

RESOLUCIÓN GENERAL ARCA 5740/2025.-
Siguen las buenas noticias -y por lo tanto, las expectativas- sobre el recientemente lanzado Seguros de Cese Laboral, aprobado por la Res. SSN 347/2025 .
Esta semana, se publicó en el Boletín Oficial la presente norma de ARCA (Agencia de Recaudación y Control Aduanero, ex AFIP), que establece que los beneficios y rescates derivados de los referidos Seguros de Cese Laboral no estarán sujetos a retención del Impuesto a las Ganancias.
“En conjunto, ambas disposiciones fortalecen el nuevo régimen de desvinculación laboral previsto en el Decreto 847/2024, reglamentario de la Ley N° 27.742 sobre Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos”, destacaron desde la Superintendencia de Seguros.
Detalles de la medida
La presente Resolución General 5740/2025, publicada el 31 de julio, introduce precisiones clave sobre el tratamiento del Impuesto a las Ganancias aplicado a beneficios provenientes de planes de seguro de retiro privados y a los nuevos seguros de cese laboral, recientemente habilitados por la SSN con la norma señalada.
El texto modifica la Resolución General 830, incorporando un criterio diferencial: mientras que los beneficios derivados de los planes de seguro de retiro continúan alcanzados por el régimen de retención previsto, los provenientes de los seguros de cese laboral —implementados en el marco del Decreto 847/24 como alternativa a la indemnización tradicional por despido— quedan expresamente exceptuados. La normativa aclara que la exclusión también aplica a los rescates, totales o parciales, de este tipo de seguros.
Según los considerandos, la medida busca “delimitar con mayor claridad los alcances del régimen de retención”, en sintonía con el nuevo esquema de Cese Laboral, que permite a empleadores y trabajadores, a través de convenios colectivos, sustituir la indemnización por antigüedad mediante un seguro (retiro o vida) administrado por compañías autorizadas por la SSN.
De esta forma, ARCA y la SSN avanzan en conjunto en la implementación del Sistema de Cese Laboral, aportando certidumbre tanto a las aseguradoras que ofrecen este producto como a empleadores y trabajadores que comiencen a adoptarlo.
Claves y diferencias
Para diferenciar el tratamiento para los Seguros de Retiro versus los Seguros de Cese Laboral, a continuación exponemos las diferencias para cada caso:
Seguro de Retiro
Beneficios alcanzados por el régimen de retención de Ganancias (RG 830 de la ex AFIP y modificaciones).
También se gravan los rescates totales o parciales, salvo excepciones previstas por ley.
Seguro de Cese Laboral
Creado por el Decreto 847/24 como alternativa a la indemnización por despido (art. 245 LCT).
Solo se implementa mediante convenios colectivos de trabajo (es la etapa en la que se debe avanzar ahora para poder comercializar estas coberturas).
Como se dijo, los beneficios y rescates quedan exceptuados del régimen de retención de Ganancias (según RG 5740/2025 de ARCA).
Otorga previsibilidad a empresas y trabajadores en casos de desvinculación laboral.









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