SSN. Conceden el recurso de apelación a GALENO ART
- Prensa Aseguradora
- 26 dic 2025
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26 de diciembre de 2025.

La Superintendencia de Seguros de la Nación dictó una nueva resolución mediante la cual concede el recurso de apelación presentado por Galeno ART, en relación con la medida que le prohibió emitir nuevas pólizas y la intimó a recomponer su capital mínimo. La decisión, no obstante, no suspende ni altera los efectos de las medidas preventivas ya dispuestas, que continúan plenamente vigentes mientras se sustancia la instancia judicial.
La norma se inscribe como un nuevo capítulo dentro del proceso iniciado semanas atrás, cuando el organismo de control resolvió prohibir la celebración de nuevos contratos de seguro, rechazar el levantamiento de la inhibición general de bienes y emplazar a la entidad a revertir un significativo déficit patrimonial.
Antecedentes: las medidas previas que siguen en pie
Tal como surge de los considerandos, la resolución ahora dictada remite expresamente a la Resolución SSN 679/2025 (ver nota), mediante la cual la SSN había dispuesto:
La prohibición de emitir nuevas pólizas.
El emplazamiento para recomponer el capital mínimo, por un déficit de $12.954 millones.
El rechazo del pedido de levantamiento parcial de la inhibición general de bienes, por resultar improcedente a la luz del artículo 86 de la misma ley.
Estas medidas, de carácter preventivo, fueron adoptadas con el objetivo de preservar la solvencia de la entidad y resguardar los intereses de asegurados, empleadores y trabajadores.
El recurso de apelación
Según detalla la resolución, Galeno Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. interpuso recurso de apelación en los términos del artículo 83 de la Ley N° 20.091, cuestionando la legalidad y fundamentos de la resolución que dispuso las medidas preventivas.
La SSN aclara que el recurso fue presentado en tiempo y forma, por lo que resulta formalmente admisible. Sin embargo, de acuerdo con el dictamen previo de la Gerencia de Asuntos Jurídicos, los agravios planteados no logran descalificar ni desvirtuar la resolución recurrida .
En línea con el criterio de garantizar la mayor amplitud posible al control judicial de sus actos, el organismo resolvió conceder el recurso con efecto devolutivo. Eso implica que la apelación no suspende la aplicación de las medidas dispuestas. Por lo tanto, la prohibición de emitir nuevas pólizas y el resto de las restricciones continúan vigentes.
La cuestión de fondo será analizada por la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, sin alterar mientras tanto el esquema preventivo definido por la SSN.









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